Los tipos de Cuentas que se pueden crear en la RIJ, con carácter enunciativo, no limitativo, son las siguientes:
1. Cuentas de Particulares: los usuarios ordinarios podrán crear una o varias cuentas de este tipo mediante la formalización de su registro en el sistema. Una cuenta de Particular tendrá las siguientes características:
a. Exclusivamente podrá operar en Jaramas.
b. Podrá realizar operaciones con cualquier tipo de cuenta.
c. Admitirá ingresos en Jaramas mediante operaciones de cash-in (cambio de Euros por Jaramas).
d. No admitirá salidas de Jaramas por operaciones de cash-out (cambio de Jaramas por Euros), salvo en casos excepcionales.
e. Nunca podrá tener saldo negativo.
f. Podrá tener asociada una entidad o proyecto social sin ánimo de lucro, a elección del usuario, como Preferencia de Donaciones. El usuario podrá cambiar esta elección cuando lo estime conveniente.
2. Cuentas de Comercios: los usuarios profesionales (comercios y profesionales) podrán crear una o varias cuentas de este tipo mediante la formalización de su registro en el sistema. Una cuenta de Comercio tendrá las siguientes características:
a. Exclusivamente podrá operar en Jaramas.
b. Podrá realizar operaciones con cualquier tipo de cuentas.
c. Admitirá ingresos en Jaramas mediante operaciones de cash-in (cambio de Euros por Jaramas).
d. Admitirá operaciones de cash-out (cambio de Jaramas por Euros).
e. Nunca podrá tener saldo negativo, excepto por la aplicación de cuotas y tasas de la Administración, cuando correspondan, siendo éstas bien la que se reflejen en su contrato o las fijadas en el marco de Parámetros del sistema (Anexo IV del Reglamento), en cuyo caso deberá regularizarse en el plazo máximo de 30 días.
3. Cuentas de Asociaciones: los usuarios sociales (asociaciones, colectivos o proyectos sociales) podrán crear una o varias cuentas de este tipo mediante la formalización de su registro en el sistema. Una cuenta de Asociaciones tendrá las siguientes características:
a. Exclusivamente podrá operar en Jaramas.
b. Podrá realizar operaciones con cualquier tipo de cuenta.
c. Admitirá ingresos en Jaramas mediante operaciones de cash-in (cambio de Euros por Jaramas).
d. No admitirá salidas de Jaramas por operaciones de cash-out (cambio de Jaramas por Euros), salvo en casos excepcionales.
e. Nunca podrá tener saldo negativo.
4. Cuentas del Sistema: son las cuentas internas que gestionará la Administración de la RIJ para el funcionamiento de la Red.
5. Cuentas de Punto de Cambio: es un tipo de cuenta que se habilitará para facilitar las operaciones de cash-in (cambio de Euros por Jaramas) sin necesidad de realizar transferencias a través de entidades bancarias. Este tipo de cuenta podrá ser operada por usuarios profesionales autorizados por la Administración de la RIJ.