¿Se pueden recuperar los Euros?

En la RIJ solo los titulares de cuentas de comercios y profesionales pueden hacer el cambio inverso (pasar de Jaramas a Euros). Los particulares y las asociaciones solo lo podrán hacer excepcionalmente a través del sistema. 


Una fórmula que a veces se utiliza es traspasar Jaramas a la cuenta de otro usuario a cambio de Euros. Este tipo de operaciones se consideran acuerdos privados entre titulares de las cuentas y por tanto son exógenos a la operativa del sistema.