Anexo I

ANEXO I: DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA ADHESIÓN A LA RED DE INTERCAMBIO JARAMA.

 

Además de cumplir las condiciones expresadas en el Reglamento a tal fin, los usuarios que soliciten adherirse a la RIJ podrán ser requeridos por la Administración de la RIJ a presentar obligatoriamente la siguiente documentación.

 

Art. 1. Documentación de usuarios ordinarios (Particulares).

 

1. Copia del DNI del titular de la cuenta.

 

2. En caso de ser el titular mayor de 14 años pero menor de edad, además deberá entregar copia del DNI de la persona mayor de edad que le representa (padres o tutores) y autorización escrita de la misma.

 

Art. 2. Documentación de usuarios profesionales (Comercios y profesionales).

 

1. Copia DNI del representante.

 

2. Copia tarjeta de Identificación fiscal y/o copia alta autónomos.

 

3. Número de cuenta bancaria IBAN (donde desean recibir los ingresos en euros por operaciones de cash-out). La comunicación de este número de cuenta podrá realizarse ante la Administración sin necesidad de utilizar para ello medios electrónicos, a decisión del usuario.

 

Art. 3. Documentación de usuarios sociales (Asociaciones y colectivos).

 

1. Copia del acta donde se acuerda la creación de una cuenta de la Asociación en la Red de Intercambio Jarama y el nombramiento de la persona habilitada como representante de la Asociación en la Red.

 

2. Copia del DNI del representante.

 

3. Copia de la tarjeta de Identificación fiscal de la Asociación.

 

4. Copia de los Estatutos inscritos en el Registro de Asociaciones.

 

5. En caso de ser una Asociación de ámbito superior al municipal (comarcal, nacional, etc) deberá acreditar su participación en el ámbito social del municipio de Rivas Vaciamadrid.

 

6. En el caso de proyectos sociales o colectivos que no estén inscritos en el Registro de Asociaciones o carezcan de personalidad jurídica definida, podrán solicitar su inclusión en el sistema mediante un escrito a la Administración de la RIJ justificando las razones que consideren para su admisión, según se especifica en el Art. 13.1 apartado c del Reglamento.