Título II

TÍTULO II.- PARTICIPANTES DEL SISTEMA.

 

Art. 4. Asociación VaciaRivas.

 

1. La Asociación VaciaRivas es la titular de la Red de Intercambio Jarama, y como tal impulsa y participa en la RIJ con las siguientes obligaciones:

 

a. Velar por el correcto cumplimiento de los derechos y obligaciones de todos los participantes del sistema.

 

b. Facilitar las actuaciones dirigidas a prestar una adecuada atención al usuario de la RIJ y al público en general.

 

c. Facilitar las actuaciones dirigidas a la mejora continua del funcionamiento de la RIJ.

 

d. Promover la RIJ para favorecer la economía, el comercio y el empleo local, así como la dinamización del tejido social de la ciudad de Rivas-Vaciamadrid e impulsar los principios y valores básicos de la economía social y solidaria.

 

e. Potenciar políticas innovadoras de desarrollo tecnológico, ecológico, social y relacional, encaminadas a la promoción de la imagen y el posicionamiento de la ciudad.

 

f. Procurar la calidad y sostenibilidad del sistema, mediante los mecanismos necesarios para hacerlo posible.

 

2. La Asamblea General de la Asociación VaciaRivas, y por delegación la Junta Directiva de la misma, es el órgano competente para aprobar y/o modificar cualquier normativa referida a la Red de Intercambio Jarama, salvo en aquellos aspectos que este Reglamento o la legislación aplicable atribuya a otro órgano.

 

3. Se buscarán mecanismos de participación de entidades y colectivos de la ciudad, en particular de usuarios y prescriptores de la Red de Intercambio Jarama.

 

Art. 5. Entidades proveedoras de servicios.

 

1. En caso de que la Asociación VaciaRivas decida no proveer los servicios técnicos necesarios para la operativa tecnológica y/o administrativa de la RIJ, por no disponer de capacidad propia para hacerlo o por cualquier otro motivo, ésta se podrá llevar a cabo mediante una o varias entidades proveedoras. El objetivo es garantizar un funcionamiento correcto, seguro y transparente de la RIJ.

 

2. Las entidades proveedoras de servicios técnicos deberán proporcionar la tecnología y los servicios necesarios para el funcionamiento de la RIJ y establecerán los mecanismos tecnológicos necesarios para el control y seguridad de las transacciones generadas dentro del sistema.

 

3. En su puesta en marcha, el sistema de la Red de Intercambio Jarama se articulará tecnológicamente a través de una licencia social Cyclos para banca online y móvil (Cyclos4PRO) desarrollada y propiedad de la Fundación Social Trade Organization (STRO), siendo la empresa Ubiquat Technologies, socio de referencia de la Fundación STRO para España y Portugal,  quien por medio del correspondiente contrato con la Asociación VaciaRivas, asumirá las labores de consultoría para la implantación de la RIJ en Rivas-Vaciamadrid y prestará los servicios de mantenimiento y actualización del software y el servicio de hosting para el despliegue de la plataforma. Se ha elegido esta plataforma tecnológica por ser la más adecuada a los objetivos del proyecto, por su nivel de seguridad, y por ser la más importante y prestigiosa a escala internacional y la que utilizan las más desarrolladas y exitosas monedas complementarias europeas.

 

4. La Asociación VaciaRivas desarrollará, a través de los órganos correspondientes, las funciones de Administración del sistema mediante el uso de medios tecnológicos y humanos propios o proporcionados por terceros.

 

Art. 6. Usuarios.

 

1. Los usuarios son las personas físicas y jurídicas habilitadas para realizar transacciones en Jaramas dentro del sistema de compensaciones digitales vinculado a la RIJ. Esta habilitación se consigue mediante el registro de la persona como usuaria del sistema, lo que se formaliza mediante el contrato de adhesión correspondiente.

 

2. Los usuarios pueden ser de tres tipos, que en ocasiones pueden concurrir en la misma persona física o jurídica, y son los siguientes:

 

a. Usuarios ordinarios, denominados Particulares: son las personas físicas residentes en Rivas-Vaciamadrid que voluntariamente se adhieren al sistema y que dispondrán de una cuenta en Jaramas con saldo inicial cero.

 

b. Usuarios profesionales, denominados Comercios y Profesionales: son las personas físicas y jurídicas que realizan actividades comerciales y/o profesionales en Rivas-Vaciamadrid de manera ordinaria o principal y que, de acuerdo con las normas de funcionamiento de la RIJ, aceptarán los Jaramas como medio de compensación por el intercambio de los bienes y/o servicios ofertados.

 

c. Usuarios sociales, denominados Asociaciones y Colectivos: son las personas jurídicas o los colectivos que desarrollan proyectos sociales sin ánimo de lucro en el ámbito de Rivas-Vaciamadrid y que, de acuerdo con las normas de funcionamiento de la RIJ, aceptarán Jaramas como donaciones para el cumplimiento de sus fines sociales.

 

3. Las actuaciones de los usuarios dentro de la Red de Intercambio Jarama serán básicamente:

 

a. Pagar y cobrar mediante Jaramas dentro del sistema de compensación digital vinculado a la RIJ.

 

b. Ofrecer sus productos y/o servicios dentro del sistema de intercambios compensado vinculado a la RIJ.